Puertas Automáticas
Las puertas automáticas son máquinas y como tales para poderlas comercializar en la Unión Europea deben llevar obligatoriamente el marcado CE, el cual implica el cumplimiento de una serie de Directivas y Normativas Europeas.
El marcado CE es un símbolo por el que el fabricante o responsable legal declara bajo su responsabilidad que el producto que está comercializando, tras llevar a cabo un procedimiento de evaluación, ha cumplido con los requisitos esenciales de seguridad y salud establecidos en la directiva o directivas europeas correspondientes
Actualmente las Puertas de garaje e industriales están afectadas por la Directiva de máquinas 2006/42/CE, Directica de compatibilidad electromagnética 2014/30/UE, Directiva de equipos radioeléctricos 2014/53/UE y Reglamento de productos de la construcción UE305/2011.
Por otro lado la norma de producto UNE-EN13241-1:2004+A2:2017 es una norma de apoyo a los requisitos esenciales de las Directivas europeas y está armonizada con el Reglamento Europeo de Productos de Construcción (UE305/2011). Dicha versión de la norma actualmente en vigor también es de aplicación a las puertas con características de resistencia al fuego, si bien en cuanto a las prestaciones específicas de resistencia al fuego las aplicaría también la norma UNE-EN 16034:2015
En cuanto a los requisitos de instalación y uso, la norma de producto te remite a la norma UNE-EN 12635:2002+A1:2009, y como complemento a esta última se ha desarrollado en España la norma UNE 85635:2012 denominada Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones ya instalados o de nueva instalación. Requisitos específicos de instalación, uso, mantenimiento y modificación, la cual está referenciada en el CTE (Código Técnico de la Edificación), obligando al mantenimiento de este tipo de puertas


En lo relativo a las Puertas peatonales automáticas estás están afectadas por la Directiva de máquinas 2006/42/CE, Directica de compatibilidad electromagnética 2014/30/UE y y Reglamento de productos de la construcción UE305/2011. En cuanto a las normas técnicas de aplicación a este tipo de puertas, la norma de Producto UNE-EN16361:2014+A1 Puertas peatonales automáticas. Norma de producto, características de prestación. Puertas peatonales, excepto batientes, diseñadas inicialmente para su instalación con motorización automática, aún no está armonizada con el Reglamento de Productos de la Construcción (RPC) y por lo tanto no se puede marcar CE con respecto a dicho reglamento, ni emitir la correspondiente Declaración de prestaciones, sin embargo y anteriormente a la publicación de la norma de producto antes indicada, fue publicada la norma UNE-EN16005:2013/AC:2015 Puertas automáticas peatonales. Seguridad de uso. Requisitos y métodos de ensayo, la cual está armonizada con la Directiva de máquinas, y por tanto, su cumplimiento presupone el cumplimiento de los requisitos esenciales de seguridad de dicha directiva, y es la vía para el marcado CE de dichas puertas.
Por otro lado, los requisitos de instalación y mantenimiento de este tipo de puertas está regulado en la norma Española UNE 85121:2018 Puertas peatonales automáticas. Instalación, uso y mantenimiento, la cual ha sido incorporada al CTE lo que hace que el mantenimiento de estas puertas también sea obligatorio.
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